Va Segur@





Atención Telefónica


En caso de un accidente debes comunicarte inmediatamente al Centro de Atención


 


Actividades Extraescolares

Las actividades extraescolares también son cubiertas por el programa Va Segur@. 





Personal Escolar y Docente protegido




Justificación del Programa:


 El Gobierno de la Ciudad de México al entender la vulnerabilidad en la que quedan los hogares mexicanos de escasos recursos ante la inequidad económica y educativa al presentarse gastos imprevistos por accidentes que lleguen a sufrir las y los estudiantes, brinda atención a la población escolar distribuida en 4101 instituciones educativas públicas de nivel básico, y a 254 de nivel medio superior (SEP, 2022-2023) ubicadas en las dieciséis  alcaldías de la Ciudad de México, mediante asistencia médica de urgencias contra accidentes escolares que permita tanto a madres y padres de familia, como a las autoridades de educación de la Ciudad de México tener la seguridad y tranquilidad de saber que sus hijos(as), alumnos (as) que están inscritos en escuelas públicas, cuentan con un seguro que les brinda atención médica de urgencias en caso de accidente escolar que pudiera sucederles durante el desarrollo de sus actividades educativas, incluyendo también los trayectos de su casa a la escuela y viceversa de manera ininterrumpida y brindar esa misma seguridad a las y los maestros, trabajadores educativos que laboran en beneficio de las y los asegurados.

Problema Social Atendido por el Programa Social:


Causas centrales del problema social. Los accidentes escolares constituyen un grave problema, según un estudio conjunto entre la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unicef en el Informe Mundial Sobre la Prevención de las Lesiones en los Niños ya que son la primera causa de muerte en niños y niñas con edades entre 1 a 14 años.
En México los accidentes escolares representan la cuarta causa de muerte, y sólo el 0.6% de la población escolar cuenta con un seguro de gastos médicos mayores. Esto significa que solo aquellos que tienen un ingreso superior a los ocho mil pesos, pueden invertir en una póliza en caso de una emergencia médica.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el gasto catastrófico como aquel que supera el 30% del ingreso disponible del hogar, mientras que, el gasto empobrecedor según el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (CONEVAL) se refiere al gasto en salud que realizan los hogares y que los ubican por debajo de la línea de pobreza alimentaria.

Objetivos:

Objetivo general: 

 Contribuir al bienestar educativo mediante un servicio de aseguramiento médico, en caso de accidente escolar, para la población estudiantil de nivel básico y medio superior, así como personas trabajadoras de la educación en escuelas públicas en la Ciudad de México, dentro de las coberturas establecidas en las presentes Reglas de Operación, que permita a las personas beneficiarias afrontar situaciones fortuitas sin vulnerar la economía familiar, considerando las desigualdades estructurales que inciden de manera diferenciada en mujeres y hombres, y que apoye la continuidad de sus estudios en condiciones de igualdad sustantiva.

Objetivos específicos: 

a) Contribuir en la protección y el pleno ejercicio de los derechos en materia de educación y salud de la población estudiantil, personas trabajadoras de la educación de escuelas públicas de nivel básico y nivel medio superior de la Ciudad de México, para reducir el abandono escolar y el ausentismo laboral.

b) Ofrecer que las personas beneficiarias reciban atención médica de calidad, eficaz y eficiente y que esta sea brindada, preferentemente, a través de clínicas y hospitales privados de la Red Médica, que cuenten con la infraestructura necesaria, el personal suficiente y la especialidad que requiera la atención de las personas beneficiarias. El acceso a la atención médica de urgencias que brinda el programa social en todo momento será en igualdad de condiciones para niñas, mujeres, niños y hombres. Se integrará un Padrón de personas beneficiarias para el seguimiento del servicio médico otorgado por el programa, midiendo la proporción anual de los accidentes escolares atendidos por ejercicio fiscal.

c) Contribuir a la igualdad de acceso al servicio de aseguramiento médico para niñas, adolescentes estudiantes y mujeres trabajadoras de la educación, mediante la identificación y atención de riesgos diferenciados por sexo, así como la recopilación de información desagregada que permita diseñar estrategias inclusivas y libres de discriminación.

Formato 2026 AVISO DE ACCIDENTE 2026

REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SOCIAL SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES DE ESCOLARES “VA SEGUR@”, para el ejercicio 2026, a cargo del Fideicomiso Bienestar Educativo de la Ciudad De México, publicadas en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el 31 de diciembre 2025. (https://www.bienestareducativo.cdmx.gob.mx/gaceta/reglas-de-operacion-de-los-programas-sociales-2026/reglas-de-operacion-va-segur-2026).

Contacto:

Centro de Atención Telefónica (CAT) número 800 022 0067

Padrón de beneficiarios Va Segur@

Consulta las personas beneficiarias del programa Va Segur@.

 

Evaluación del Programa:

Resultado de encuesta de satisfacción, respecto al programa Va Segur@ (ENCUESTA VA SEGURO.pdf)

OPERACIÓN DEL PROGRAMA

Población objetivo y beneficiaria 
El programa social Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@” brinda un servicio de aseguramiento y atención médica de urgencias en caso de accidente escolar, protege a:
  • Alumnos y alumnas de escuelas públicas de nivel básico y nivel medio superior que se ubiquen en la Ciudad de México, entre ellos también se consideran:
  • Personas estudiantes inscritas en los siguientes subsistemas: Estancias Infantiles, Centros de Desarrollo Comunitario (CDC) de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México, Centros de Bienestar Social Urbano (CBSU), Centros de Día, Centros de Asistencia Infantil Comunitaria (CAIC) y Centros Asistenciales de Desarrollo Infantil (CADI) del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México (DIF-Ciudad de México); Centros Comunitarios de Atención a la Infancia (CCAI); Centros de Atención Múltiple (CAM); Centros de Atención y Cuidado Infantil (CACI); Centros de Desarrollo Infantil (CENDI) en la Ciudad de México; Centro de Desarrollo Infantil (CENDI), de Santa Martha Acatitla, CEDAF-SSC ATENEA, sin límite de edad; Centro de Educación Preescolar y Primaria STUNAM (CEPPSTUNAM); Escuelas Técnico Profesional de Danza Clásica y de Danza Contemporánea de la Secretaría de Cultura de la Ciudad México; Centros de Educación Artística (CEDART), Escuelas de iniciación artística y medio superior (Teatro, Música, Danza y Artes Plásticas y Visuales) del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), Instituto Nacional para la Educación de los Adultos (INEA),alumnos y alumnas inscritos en escuelas públicas que asistan a los Puntos de Innovación, Libertad, Arte, Educación y Saberes (PILARES), participantes inscritos en actividades de fomento educativo, cultural, deportivo, entre otros, realizadas en planteles educativos de educación básica y medio superior en la Ciudad de México, que sean organizadas por el Fideicomiso Bienestar Educativo de la Ciudad de México o bien por la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México.
  • Personas beneficiarias de los Programas Sociales Educativos del Gobierno de la Ciudad de México vigentes, que participen en actividades educativas, culturales, medioambientales, deportivas y científicas entre otras, organizadas por la Autoridad Educativa Federal en la Ciudad de México u otra instancia gubernamental, siempre y cuando sean personas estudiantes inscritas en escuelas públicas de nivel básico y nivel medio superior; que se ubiquen en la Ciudad de México; para el caso de Menores inscritos en internados públicos de la Ciudad de México, cuyo horario de permanencia corresponda a las 24 horas del día de lunes a viernes, la cobertura es total; es decir, garantiza la atención de todo tipo de accidentes en actividades escolares o extraescolares. El aseguramiento incluye a docentes responsables de grupo y cuidadores nocturnos de las y los menores, en el mismo horario.
  • Personas trabajadoras y promotoras de la educación como: personal docente, directora, director, subdirectora, subdirector, secretaria, secretario, trabajadora, trabajador social, orientadora, orientador educativo, prefecta, prefecto, asesora, asesor técnico pedagógico (ATP), personal de intendencia, conserje; persona asesora del programa la Escuela es Nuestra. Mejor Escuela; mismos que son enunciativos más no limitativos por lo cual se debe considera entre otros a:
  • Personas talleristas, coordinadoras promotoras, auxiliar administrativo y becarias adscritas a los Programas Sociales Educativos, deportivos, recreativos, medioambientales, científicos y culturales del Gobierno de la Ciudad de México vigentes, y que se desarrollen en instalaciones educativas públicas o bien en centros previamente informados a la aseguradora.
  • Personas beneficiarias y/o madre, padre o personas tutoras, realizando un trámite relacionado con los Programas Sociales a cargo del Fideicomiso Bienestar Educativo, encontrándose de forma enunciativa, no limitativa: Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares “Va Segur@” , Bienestar para Niñas y Niños “Mi Beca para Empezar” ,“Uniformes y Útiles Escolares”, “La Escuela es Nuestra - Mejor Escuela”, “Servidores de la Ciudad Educación”, “Beca Leona Vicario”, “Beca de Asistencia, Atención e Inclusión para Niñas, Niños, Adolescentes y Jóvenes Familiares de las personas sensiblemente afectadas en la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo (STC) Metro”, que se encuentren al interior de las instalaciones del Fideicomiso Bienestar Educativo, o bien se encuentren en la fila de espera (aunque esta salga de las puertas del Fideicomiso Bienestar Educativo).
Es necesario precisar que independientemente de que las dependencias e instituciones antes descritas cambien de denominación, el servicio de aseguramiento y atención médica de urgencias será vigente en caso de accidente escolar para la POBLACIÓN ASEGURADA.
Accidentes cubiertos
  • Accidentes, que sufran las personas beneficiarias dentro de las escuelas públicas de nivel básico y media superior en la Ciudad de México.
  • Accidentes que sucedan durante los traslados de la población beneficiaria, a los planteles educativos, o los lugares en los que se vayan a realizar las actividades educativas, y viceversa, de manera ininterrumpida; independientemente del medio de transporte utilizado, transporte escolar propio de la institución o rentado, medidas de seguridad empleadas, tiempo de arribo y turno.
  • Accidentes que la población beneficiaria sufra durante el desarrollo de las actividades extraescolares en la Ciudad de México, así como al interior de la República Mexicana, reportadas de acuerdo a los procedimientos establecidos.
  • Asimismo, se considera la cobertura para las actividades de verano o durante periodos de receso escolar, ya que el estudiantado continúa participando en actividades en pro de su desarrollo, a través de algún subsistema de educación, actividades organizadas por autoridades educativas o por instituciones del Gobierno de la Ciudad de México. Incluye excursiones o visitas educativas, deportivas, culturales, ecológicas o de algún otro tipo.
Para el caso de las personas beneficiarias del programa social “Servidores de la Ciudad. Educación”, además de la cobertura antes descrita se cubrirán los trayectos entre escuelas públicas y los sitios en los que realizarán las actividades de difusión, apoyo, coordinación, etc., de carácter educativo, social, cultural, etc., de conformidad con las reglas de operación de dicho programa.
Adicionalmente los trayectos del transporte escolar y trayectos de actividades extraescolares (casa- escuela, escuela-actividad extraescolar, y viceversa).


Coberturas 

No.
COBERTURA
SUMA ASEGURADA
1.
Gastos médicos por accidente.
$150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos 00/100 M.N.)
2.
Gastos médicos por accidente para 50 casos especiales
Hasta $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.)
3.
Muerte accidental
$300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.)
4.
Gastos funerarios de la población beneficiaria por accidente.
$35,000.00 (Treinta y cinco mil pesos 00/100)
5.
Apoyo por invalidez total o permanente a consecuencia de un accidente "Escala B".  
$100,000.00 (Cien mil pesos 00/100 M.N.)
6.
Apoyo por muerte accidental del padre y/o madre o persona tutora de la población beneficiaria.
$25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)
7.
Primera atención para 500 casos por desvanecimiento.
$25,000.00 (Veinticinco mil pesos 00/100 M.N.)
8.
Deducible.
$0.00 (Cero pesos 00/100 M.N.)


Accidentes Excluidos

  • Lesiones o accidentes que se produzcan como consecuencia directa de enfermedades o padecimientos preexistentes.
  • Lesiones que la persona beneficiaria sufra en cualquier tipo de: actos de guerra, insurrección, rebelión o riña, cuando dicha persona beneficiaria sea la provocadora, así como actos delictivos en que participe directamente como sujeto activo. Esta exclusión será válida únicamente en caso de comprobar que la persona beneficiaria estuvo involucrada en el hecho excluido.
  • Lesiones auto infringidas, cualesquiera que sean las causas o circunstancias que lo provoquen, considerando mutilación voluntaria aun cuando la persona se encuentre en estado de enajenamiento mental, suicidio o intento del mismo.
  • Cualquier lesión que sufra la persona beneficiaria cuando se encuentre bajo el efecto de enervantes, drogas o en estado de ebriedad.
  • Accidentes que se originen como consecuencia de practicar deportes de manera profesional, que resulten en un desgaste considerable de las articulaciones y origine el agravamiento de las lesiones por accidentes escolar, en estos casos se brindará únicamente la atención de acuerdo al mecanismo del accidente.
  • Lesiones sufridas en casa, esta exclusión no aplica para la población estudiantil de los internados públicos de la Ciudad de México.
  • Hacer uso de su seguridad social, seguro institucional o atención médica por parte de alguna institución gubernamental parcial o total.

Activación  del servicio de aseguramiento 

La madre, padre, persona tutora o encargada familiar de la persona beneficiaria, la directora, el director, docente, autoridad del plantel, persona organizadora de actividad extraescolar o persona trabajadora de la educación que se encuentre en el momento del accidente, deberá realizar lo siguiente:
  •  Llamar al Centro de Atención Telefónica (CAT), número 800 022 0067 o Línea de Primer Contacto en un plazo máximo de 72 horas posteriores al accidente, siempre y cuando no se haya hecho uso de su seguridad social o seguro institucional, por parte de alguna institución gubernamental.
  • El ejecutivo de atención telefónica solicitará datos de la persona beneficiaria, así como de la persona que realiza la activación; datos de la escuela o institución pública; detalles del accidente ocurrido, para que posteriormente le asigne un número de folio e informará de manera precisa la asignación de la unidad médica, así mismo las posibles rutas de acceso, brindando en todo momento la información necesaria del servicio de aseguramiento.
  • La persona responsable de trasladar a la persona accidentada, a la unidad médica asignada, deberá acudir al área de urgencias y presentar la documentación siguiente:
  • Alumn@s:
Aviso de accidente
Copia de la credencial o constancia escolar de escuela pública
Copia de identificación oficial vigente del padre, madre o tutor(a) (credencial para votar, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte).
  • Personas trabajadoras de la educación:
Aviso de accidente
Copia de la credencial laboral, recibo de pago o constancia laboral
Copia de identificación oficial vigente de la persona trabajadora (credencial para votar, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte).

           

Preguntas Frecuentes

  • ¿A qué población va dirigida el Programa “Va Segur@”?

    A estudiantes de nivel básico y nivel medio superior de escuelas públicas ubicadas en la CDMX.

    A personas trabajadoras de la educación de escuelas públicas de la CDMX, servidoras y servidores públicos, prestadoras y prestadores de servicios.

     

    ¿Qué cubre el Programa “Va Segur@”?

    Accidentes escolares que ocurran:

    En los trayectos sin interrupción de la casa a la escuela y viceversa.

    En el desarrollo de las actividades escolares dentro del plantel.

    Actividades extraescolares educativas, cívicas, culturales, ecológicas, deportivas, cursos de verano y que sean notificadas mínimo con 2 días hábiles de anticipación de que se lleven a cabo.

     

    ¿Cómo se activa el Programa “Va Segur@”?

    Llamando al Centro de Atención Telefónica (CAT) o Línea de Primer Contacto 800-022-00-67.

     

    ¿Cuánto tiempo se tiene para activa el Programa “Va Segur@”?

    Derivado del accidente cuentas con hasta 72 horas para realizar el reporte y ser canalizado a alguno de los hospitales o clínicas para la atención.

     

    ¿Quién puede activar el Programa “Va Segur@”

    Cualquier persona mayor de edad que haya presenciado el accidente o tenga conocimiento de este y pueda proporcionar información al respecto (nombre, edad, dirección del plantel, entre otros); incluyendo a la madre, padre o persona tutora de la persona beneficiaria, personal educativo o cualquier otra persona que pueda reportar oportunamente el incidente

    ¿Qué información debo proporcionar al ejecutivo, para activar Programa “Va Segur@”?

    Datos de la persona beneficiaria que sufrió el accidente:

    Nombre

    CURP

    Edad

    Grado escolar

    Correo electrónico

    Dirección de la escuela

    Breve descripción del acontecimiento

     

    ¿Qué documentación debo de presentar en la Unidad Médica?

    Alumn@S:

    Aviso de accidente

    Copia de la credencial o constancia escolar de escuela pública

    Copia de identificación oficial vigente del padre, madre o tutor(a) (credencial para votar, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte).

     

    Personas trabajadoras de la educación:

    Aviso de accidente

    Copia de la credencial laboral, recibo de pago o constancia laboral

    Copia de identificación oficial vigente de la persona trabajadora (credencial para votar, cédula profesional, cartilla militar o pasaporte).

     

    ¿Qué es el Aviso de Accidente?

    Es el documento mediante el cual se realiza el primer registro del incidente o accidente reportado. Contiene información de identificación de la persona beneficiaria, del plantel educativo y de las circunstancias del accidente, formato que se puede descargar en el siguiente link  https://www.bienestareducativo.cdmx.gob.mx/storage/app/media/uploaded-files/AVISO%20DE%20ACCIDENTE%202026%20SEGUROS%20LATINO.pdf

     

    ¿Cómo notifico una actividad extraescolar para que sea cubierta por el programa Va Segur@?

    Las actividades extraescolares deberán ser capturadas a través de un formulario que debe ser solicitado al través de correo electrónico vasegur@bienestaredu.cdmx.gob.mx, con mínimo 48 horas hábiles de anticipación.

     

    A través del formulario se solicitarán los siguientes datos:

     

    Nombre de la actividad.

    Descripción de la actividad incluyendo fecha y horario.

    Nombre completo, CCT, dirección y número telefónico del plantel educativo o Institución pública que organiza actividad.

    Nombre completo y número telefónico del o los responsables de la actividad.

    Número de asistentes (desagregado por docentes y alumnado).

    Lugar y dirección completa donde se llevará a cabo la actividad.

     

    ¿Cuánto tiempo se tiene para notificar de las actividades extraescolares?

    Mínimo 48 horas hábiles previas a la actividad extraescolar.

     

    ¿Cuál es el trámite de solicitud de expediente medico?

    Plataforma Nacional de Transparencia ( https://www.plataformadetransparencia.org.mx)

     

    Siguiendo los siguientes pasos:

  • Dar clic en INICIAR SESIÓN, ingresando Usuario y Contraseña
  • Seleccionar SOLICITUD DE DATOS PERSONALES
  • Seleccionar la localidad CDMX y la dependencia FIDEICOMISO BIENESTAR EDUCATIVO DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
  • Describir la petición: número de folio, nombre completo de la persona accidentada, fecha del accidente, nombre de la clínica u hospital, señalar los documentos que requiere.
  • Adjuntar la identificación oficial, vigente y con fotografía (INE, pasaporte o cédula profesional)
  • Dar clic en GENERAR y la plataforma proporciona un número de folio.
  • Espera la respuesta a tu solicitud en los medios de contacto que proporcionaste o ingresa a la Plataforma Nacional de Transparencia.
  • Considera que “LA SOLICITUD SERÁ ATENDIDA EN UN PLAZO DE HASTA 16 DÍAS HÁBILES SEGÚN LA LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO”.

“Todos los programas son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todas las personas contribuyentes. Está prohibido el uso de los programas con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos.

Quien haga uso indebido de los recursos de estos programas en la Ciudad de México, será sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.